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LEY NO DICOM

Todo sobre la Ley No Dicom: Desde poner fin al acceso universal de los antecedentes comerciales hasta el famoso "perdonazo":

Alrrededor de 4 millones de chilenos son los beneficiados con esta nueva ley que, en la actualidad, figuran como morosos en el boletín comercial. La Cámara de Diputados despachó a ley el proyecto que regula y limita los usos del registro de datos comerciales. La conocida como Ley “No Dicom”, tuvo como su principal impulsor al diputado Felipe Harboe (PPD), quien encabezó campañas de recolección de firmas (reunió un millón ochocientas mil) además de una fuerte ofensiva en las redes sociales. En esta ley, son diversos los beneficios: En este aspecto, Harboe señaló que "hay que sumar, entre otras, la cantidad de personas que van a salir del Dicom porque tienen sus deudas repactadas, que son cerca de 1.200.000 personas, que han repactado sus deudas en casas comerciales o bancos. Y además de eso, todas las personas que están hoy día en el Dicom por deudas del Tag, las que también salen". También se contempla el fin del acceso universal a los antecedentes comerciales, es decir, que a partir de la vigencia de la nueva normativa, dichos antecedentes no podrán ser consultados sin autorización de los afectados, salvo en el caso del comercio establecido para el proceso de crédito y de las entidades que participen de la evaluación de riesgo, y solo para ese fin, es decir, para saber si un cliente tiene buen o mal comportamiento de pago. De este modo, si con cualquier otro objetivo un tercero quiere conocer los antecedentes comerciales de una persona, sólo podrá hacerlo con la expresa autorización de ella.
Igualmente, se establece la obligación para las empresas distribuidoras de datos comerciales de mantener un registro de quienes hayan pedido la información de una persona, dejando constancia del fin de la consulta y en qué fecha se realizó.

Visión de un experto:
Frente a este tema, el economista y académico de la Universidad Andrés Bello, Alejandro Maureira, sostiene que Dicom "era una traba para muchos chilenos que no podían encontrar empleo, su situación era un círculo vicioso que no les dejaba salir de las deudas". Por ello señala algunos puntos importantes que hay que considerar y tener claros:
1. Impacto en el empleo: Con esta nueva ley, se prohíbe la discriminación laboral en el sector público o privado por tener antecedentes comerciales.

2. Se restringe el uso del Dicom al otorgamiento de créditos y sistema financiero: con ello se prohíbe el acceso universal a los antecedentes comerciales, que sean utilizados para condicionar atenciones médicas de urgencia y para el acceso a la educación.

3. Se fija un responsable en las empresas: Los consumidores deben tener claro a quién dirigirse si tienen problemas.

4. Se crea un registro: Las empresas administradoras de los datos deben tener un registro de quienes consultan los datos, para qué y cuándo. Por su parte, los consumidores pueden acceder a él, gratis, 3 veces al año.

5. Perdonazo: Se establece que por una única vez se borrarán los antecedentes comerciales de personas que hayan sido publicadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2011, cuya deuda publicada sea inferior a $2.500.000. Es necesario aclarar que este perdonazo no involucra la deuda, es decir, se deberá seguir pagando, pero si estará borrado de Dicom si la deuda es menor al monto señalado. Se considera el monto inicial, independiente de los intereses devengados.

6. Prohíbe la publicación de obligaciones repactadas: Es decir, si se está en proceso de pago, no debe estar en Dicom. Las empresas tienen 72 horas para borrar o corregir un dato publicado.




Otros beneficios:
El diputado Harboe señala que con esta ley "se prohíbe exigir esta clase de información en los procesos de selección de personal, admisión preescolar, escolar o de educación superior, atención médica de urgencia o postulación a un cargo público"
Harboe agregó que la ley permite que se vuelva al sentido original del Dicom: "…Que nació para evaluar el riesgo de crédito, pero con el paso del tiempo se transformó en un verdadero certificado de conducta, ya que en la actualidad estar en Dicom era peor que tener antecedentes penales".
Sostuvo además que esta nueva ley beneficiará a entre 1,5 y 2 millones de personas, principalmente de clase media: "No era comprensible que cuando alguien, por ejemplo, hacía un emprendimiento y se caía, se lo pateara en el suelo", por ello afirmó que la iniciativa apunta "al corazón de la desigualdad".

Por su parte, la diputada Karla Rubilar (RN) afirmó que Dicom en su fin inicial es beneficioso, pero estos abusos han terminado por discriminar a muchas personas que no han podido trabajar para pagar sus deudas a causa de la publicación de su situación comercial. Para eliminar esto, la ley prohibirá a las empresas solicitar el informe sin el permiso de la persona, con la única excepción de los casos de riesgo crediticio al solicitar una prestación bancaria.
La senadora Ximena Rincón (DC), frente a la ley Dicom señaló que "gracias a esta nueva ley, los antecedentes comerciales no serán utilizados para discriminar en la contratación de una persona y tampoco para determinar quién puede atenderse en un Centro de Salud o quién se educa en un Colegio, Jardín Infantil o Universidad. Los chilenos deben saber que con esta nueva normativa se cortó la llave a una gran fuente de abusos que es el Dicom", precisó la legisladora.

Sobre reclamos y multas:
Desde su publicación en el Diario Oficial, los consumidores podrán realizar denuncias cuando detecten alguna vulneración de la norma. Para ello, se considera un régimen de sanciones económicas que se establecen de acuerdo con la Ley 19.628. Un hecho importante es que se contempla la posibilidad de que una persona pueda consultar tres veces al año el registro de sus antecedentes y sepa quién y para qué ha pedido sus datos. Si demuestra que han sido entregados sin la debida protección, puede ejercer denuncias ante un juez de policía local.
Además si una empresa publica mal una deuda, se puede reclamar y exigir que en un plazo máximo de tres días sea modificado. Si no lo hace, se puede presentar un recurso ante la Corte de Apelaciones para que obligue a la empresa a cumplir con lo estipulado en el cuerpo legal.
            Ahora bien, en el caso de las atenciones en salud, los consumidores podrán recurrir a la Superintendencia de Salud, quienes deberán realizar la respectiva fiscalización.

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